Ayuntamiento Sangüesa / Zangozako Udala

27 de agosto de 2024

Fiestas Patronales 2024: Condiciones de funcionamiento de los locales de hostelería

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El Ayuntamiento de Sangüesa, en Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de agosto de 2024, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO DE LOS LOCALES DE HOSTELERÍA DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES DEL AÑO 2024

Teniendo en cuenta la propuesta de la Comisión de Urbanismo, SE ACUERDA:

Establecer para el funcionamiento de los locales de hostelería durante las Fiestas Patronales las siguientes condiciones:

 

1. HORARIO GENERAL DE CIERRE

  • Establecer las 07:30 h. como horario de cierre durante los días de Fiestas Patronales del 12 al 17 de septiembre para los establecimientos que hayan redefinido su actividad como «Bar, Cafetería, Restaurante» o como «Bar Especial». La noche del martes 17 al miércoles 18 el horario de cierre será el establecido para el resto del año.
  • Entre el horario de cierre y la nueva apertura deberán pasar al menos 3 horas.

 

2. INSTALACIÓN DE TERRAZAS

  • Horario: todos los días hasta las 02:30 h., también para los espacios autorizados enfrente de los establecimientos.
  • En los establecimientos de calle Mayor, el día 11 no se podrán instalar las terrazas hasta que no haya pasado la txaranga después del Cohete.
  • Se deberá respetar la celebración de actos oficiales del programa cuyo recorrido les afecte.

 

3. MÚSICA EXTERIOR

  • Horario: todos los días hasta las 01:30 h., excepto las noches del viernes 13 al sábado 14 y del sábado 15 al domingo 15, que se autorizan hasta las 02:30 h.
  • El volumen se corresponderá dentro de lo que se puede entender como música ambiente y no como un espectáculo puntual.
  • Se interrumpirá la música para respetar todos los actos programados oficialmente, así como los pasos puntuales de grupos o colectivos ya sean contratados por el Ayuntamiento o colaboradores (Subidica, Bajadica, txaranga, Gigantes, gaiteros, txistularis, dantzaris, etc.)
  • Otras actuaciones, conciertos o DJ requerirán de la preceptiva autorización del Ayuntamiento, previa solicitud del promotor en la que se detalle: nombre del local y del titular con su DNI, ubicación, horario y características.

 

4. BARRAS EXTERIORES

  • Se autorizan, previa solicitud del promotor, en la que se detallen: nombre del local y del titular con su DNI, ubicación, horario y características.
  • El local comercial que lo solicite tendrá que estar dado de alta como Hostelería.
  • La barra estará situada en el lugar más próximo posible a su local y en el mismo lado de la acera de su fachada o donde estipulen los técnicos del Ayuntamiento.
  • No entorpecerá ni dificultará el paso a vecinos a sus portales o el acceso a otro local comercial, dejando siempre el espacio necesario.
  • No dificultará y en su caso será retirada durante la celebración de las diferentes actividades programadas para estas Fiestas.
  • La colocación definitiva así como su autorización estará sujeta al criterio de este
    Ayuntamiento en lo que a su ubicación se refiere. Siendo la Policía Municipal quien lo
    considere.
  • El horario de apertura y cierre de dichas barras estará comprendido entre las 11.30 h. y las 2.30 h. Respectivamente, respetando siempre el horario de carga y descarga y facilitando las labores de limpieza.
  • En caso de poner música ésta se ajustará a los horarios establecidos en el apartado anterior para la música en terraza. Si un mismo establecimiento dispone de barra exterior y de terraza, únicamente se autoriza un hilo musical.
  • Se interrumpirá la música para respetar todos los actos programados oficialmente así como los pasos puntuales de grupos o colectivos ya sean contratados por el ayuntamiento o colaboradores (txaranga, Gigantes, gaiteros, txistularis, dantzaris, etc.).
  • El local titular de dicha barra tendrá respecto a la actividad, las mismas obligaciones y responsabilidades que en el interior de dicho local.
  • Mantendrá limpio el espacio que ocupe y colocará papeleras si fuese necesario.
  • En caso de necesitar instalación eléctrica, cumplirá las normas de seguridad.
  • El local solicitante estará al corriente con este Ayuntamiento, en todos los pagos relacionados con la actividad empresarial correspondiente a esta solicitud

 

5. COMUNICACIÓN DEL ACUERDO

Comunicar este acuerdo a los establecimientos afectados, al Puesto de la Guardia Civil, a la Comisaría de Policía Foral en Sangüesa y a la Sección de Juegos y Espectáculos Públicos del Gobierno de Navarra.

 

Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra este acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación.
b) Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo que sea competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o bien.
c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación.

 

 

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