Ayuntamiento Sangüesa / Zangozako Udala

19 de marzo de 2020

Preguntas y respuestas: ¿qué puedo hacer y qué no?

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Actualizadas con Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo

¿Cuántas personas podemos ir en el coche para ir a trabajar?
El nuevo decreto limita a 1 persona. Establece que la circulación de las personas permitida debe realizarse de manera individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores u otra causa justificada.
El trasladar al mismo trabajo a otra persona que no posea permiso para circular, se puede entender causa justificada. Si bien, deberá llevarse en el asiento trasero en el lado opuesto al de la persona conductora.

Estoy separad@ con custodia compartida de mis hij@s, ¿debo mantener los cambios previstos?
Según el Acta de la Junta Sectorial Telemática Urgente de Jueces de Familia y Violencia de Género celebrada ayer, en los casos de custodia compartida se deberán efectuará los cambios en las fechas que correspondan arbitrando en su caso la forma en que él o la menor resulten menos expuestos al COVID-19.
Igualmente se mantendrán las vistas de fines de semana en los supuestos de custodia tanto compartida como individual, exista o no pernocta.
Se suspenden las vistas intersemanales sin pernocta tanto en custodia compartida como individual.

Si tenemos que trabajar ¿Podemos llevar a las niñ@s a casa de l@s abuel@s?
Sí puedes. Ahora con el nuevo decreto debe ser un único progenitor o tutor quien los lleve.

¿Se puede salir a sacar al perro?
Sí puedes. Siempre que se haga en las inmediaciones de casa. No se puede ir a pasear al animal al campo, o al monte. Del mismo modo que no se puede estar de charla amistosa con otros tenedores de mascotas. Debemos respetar la distancia
de seguridad y evitar las concentraciones de personas. Intenta realizar paseos cortos por el tiempo necesario para cubrir sus necesidades fisiológicas. Evita el contacto con otros animales y/o personas. Recuerda llevar botella de agua con detergente para limpiar la orina y bolsas para las heces. Asimismo, prioriza horarios de menor afluencia.

Tengo un taller de vehículos en Sangüesa ¿ahora puedo abrirlo al público?
No puedes abrirlo al público, Si puedes trabajar dentro a puerta cerrada con las medidas de seguridad adecuadas y abrir para garantizar la movilidad de las personas que estén obligadas a usar un vehículo (ambulancias, policía, personal sanitario, trabajadores y trabajadoras en general). Debe quedar muy claro que no está abierto al público.

¿Puedo ir al cementerio?
No. Cuando sea necesario habla con policía municipal.

¿Puedo ir a cuidar y pasar ratos en mi huerto urbano?
No se puede ir a pasar el rato. Puedes acercarte a recoger las hortalizas y alimentar mascotas o aves que puedas tener en el huerto. Pero ir a pasar el día y juntarme con otros hortelanos no. Debemos ser responsables y evitar la exposición con otras personas.

¿Los restaurantes pueden hacer comida para recoger en el lugar y para entrega a domicilio?
Únicamente para entrega a domicilio. No se permite la recogida en los locales. Artículo 10.4 del Real Decreto 463/2020

¿Puedo salir a pasear por el paseo del rio, caminos, monte, etc…?
No puedes, no puedes salir a pasear. Son vías de uso público y por lo tanto está prohibido circular por ellas.

¿Puedo ir a pasar la ITV?
No se puede. No es uno de los supuestos recogidos en el Real Decreto que regula el estado de Alarma. Pero no te preocupes, este documento recoge también que los trámites y plazos administrativos quedan suspendidos mientras dure la alarma
por lo que podrás utilizar tu vehículo. En cuanto salgamos de la pandemia deberás pasar la revisión para evitar llevarte una sanción. Las estaciones de servicio de ITV se encuentran cerradas.

¿Podemos aprovechar estos días para coger la Auto-caravana?
No puedes, no es una de las actividades recogidas en el real decreto.

Mis padres son mayores, ¿puedo llevarles la comida si necesitan algo?
Si puedes. Puedes llevarles la comida y la compra sin problemas, siempre que lo haga y la lleve a casa una única persona. Igualmente se puede hacer de tal forma a aquellos vecinos que sean personas mayores y lo necesiten. Seamos solidarios con nuestros mayores, entre todos podremos con el virus.

¿Puedo utilizar el Gazte leku o Jolastoki? (local de ocio juvenil e infantil)
No puedes. No es una de las actividades autorizadas en el Real Decreto que regula el estado de alarma. Seguro que puedes chatear y verte digitalmente a través de plataformas. Sabemos que la situación es dura, pero se trata de no contagiarnos y no contagiar a nuestros seres queridos, sobre todo a los y las abuelas.

Soy repartidor con mi propio coche y quería saber si puedo ir a trabajar.
Sí puedes. Si bien deberás presentar cuando seas requerido para ello, los albaranes o pedidos que justifiquen tu desplazamiento y ruta.

¿Puedo acudir a mi peña o sociedad gastronómica?
No puedes. No es una de las actividades autorizadas en el Real Decreto que regula el estado de alarma. Por lo que debe estar cerrada y con nadie en su interior.

¿Puedo desplazarme al trabajo en bicicleta?
Sí puedes, sin ningún problema. Si bien es necesario portar algún documento que justifique el desplazamiento (certificado de la empresa, tarjeta de empleado/a, etc.)

¿Puedo jugar en los parques e instalaciones deportivas públicas?
No puedes. Ni en las públicas ni en las privadas. Como habrás comprobado el Ayuntamiento ya ha cerrado las instalaciones y parques públicos En el caso de instalaciones en el interior de comunidades de vecinos, es responsabilidad del
Presidente de la Comunidad evitar que sean utilizadas. En caso de que no se cumpla esta prohibición tendremos que acudir y precintar la zona. Entre todos debemos evitar las concentraciones de personas para no contagiarnos.

¿Se puede acudir al cementerio, iglesias o lugares de culto como mezquitas?
La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y
características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro. Te informo que las misas han quedado suspendidas por la Conferencia Episcopal en toda España. Puedes seguirlas por radio o televisión.

Al lugar donde voy a sacar mi perro van otras personas ¿qué hago?
Mantén distancia de seguridad con las personas. Aunque los animales no transmiten la enfermedad procura no tocar los de otras personas, ni que éstas acaricien al tuyo.

Los comerciales de recorrido local o nacional ¿podemos trasladarnos?
Sí puedes trasladarlos si son alimentos o productos de primera necesidad. Deberás trasladarte siempre que de una forma u otra se justifiquen las visitas a clientes que tengas programadas. No puedes. Si no son productos de primera necesidad o alimentos. Debes saber que los comercios que no vendan alimentos o productos de primera necesidad y aquellos que no estén recogidos den el Real Decreto por el que se dicta el Estado de Alarma, están cerrados.

Son días difíciles, salir de esta situación depende de nuestra responsabilidad y solidaridad. La inmensa mayoría de la población lo está haciendo muy bien. Gracias por vuestro sacrificio, gracias por vuestra responsabilidad, gracias por vuestra solidaridad. Siempre hemos demostrado ser una ciudad comprometida, unida y alegre. Ahora lo vamos a ser más que nunca, seguro. Y cuando esto termine también: llenaremos las calles, los restaurantes, los bares, los comercios. Compartiremos abrazos, besos, risas, charlas, bailes, canciones, con las personas que queremos, con nuestr@s vecin@s; y lo haremos juntos, en persona, sintiéndonos cerca, mirándonos a la cara…
Juntos saldremos de esto y, cuando salgamos, juntos nos recuperaremos.

TELÉFONO POLICÍA MUNICIPAL: 649 944 278

¡¡¡GRACIAS SANGÜESA!!!
ESKERRIK ASKO ZANGOZA!!!

Actualizado el 19 de marzo de 2020

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